EFEabc_cultura / BRUSELAS

Día 03/10/2013 - 14.03h
 

El Tribunal de Justicia de la UE advierte, sin embargo, que su competencia se limita únicamente al daño materializado en el territorio de dicho Estado miembro

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha afirmado que tienen competencia sobre infracciones de derechos de autor en internet los tribunales de los países donde esas obras sean accesibles en línea, siempre que el daño se haya materializado en ese Estado miembro.
La corte, con sede en Luxemburgo, ha analizado el caso de un compositor e intérprete residente en Francia que descubrió que una de sus grabaciones había sido difundida en un CD creado en Austria por una empresa domiciliada en ese Estado miembro.
Posteriormente, esas canciones fueron comercializadas por sociedades británicas en distintos sitios de internet, una maniobra que el autor descubrió y que lo llevó a denunciar el caso ante un tribunal francés para obtener la reparación del perjuicio sufrido por una presunta vulneración de sus derechos de autor.
El Tribunal Supremo francés preguntó a la corte europea si se ha de considerar que el perjuicio se materializa en el Estado miembro en el que reside el autor, de forma que los tribunales de dicho país serían los que tendrían competencia sobre el asunto.

Daño materializado en el territorio

En su sentencia, el Tribunal de Justicia recuerda que, en caso de infracciones cometidas a través de internet y que por ello pueden materializarse en numerosos lugares, el daño puede variar en función de la naturaleza del derecho supuestamente vulnerado.
También señaló que, para conocer una presunta vulneración de un derecho patrimonial de autor, es competente el órgano jurisdiccional que protege los derechos patrimoniales que invoca el demandante, y en cuya circunscripción territorial dicho daño puede materializarse. Sin embargo, su competencia se limita únicamente al daño materializado en el territorio de dicho Estado miembro, precisó la corte europea.

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